DOCUMENTACIÓN PARA OBTENER LA VISA DE RESIDENTE TEMPORAL INVITADO POR UNA INSTITUCIÓN PÚBLICA O PRIVADA EN MÉXICO. 


La condición de residente temporal es para estancias superiores a 180 días y no mayores a 4 años. El solicitante de la visa debe demostrar solvencia económica para sufragar sus gastos de estancia en México o la organización o institución mexicana debe demostrar contar con recursos económicos para hacerse responsable de su invitado (a), para participar en una actividad no remunerada en México.   


¡MUY IMPORTANTE!

Recuerde que la visa no garantiza la internación a territorio nacional. La internación a México está condicionada a la aprobación de las autoridades sanitarias y migratorias en el punto de entrada, las que podrán verificar en todo momento los requisitos establecidos en las disposiciones jurídicas aplicables en el filtro de revisión migratoria.


Visa de residente temporal invitado por una institución pública o privada en México.



Requisitos:

 

I. Original y copia de pasaporte vigente

II. Llenado del formato de solicitud de visa

III. Una fotografía con el rostro visible y sin anteojos, a color, tamaño pasaporte, cuyas medidas deberán ser como mínimo de 32.0 milímetros x 26 milímetros y como máximo de 39.0 milímetros x 31.0 milímetros, con fondo blanco y de frente

IV. Original y copia del documento que acredite legal estancia (visa y/o tarjeta de residente), aplicable a extranjeros que no sean nacionales del país donde se presenta la solicitud de visa. En España no aplica para españoles.

V. Original de carta de una organización o de una institución pública o privada de reconocida probidad que invite a la persona extranjera a participar en alguna actividad no remunerada en territorio nacional.

La carta deberá contener los siguientes datos: nombre completo del solicitante y nacionalidad; denominación o razón social de la organización, su número de registro, objeto, domicilio y sus datos de contacto; información sobre la actividad que realizará la persona extranjera o el proyecto en el que participará, su duración o fecha aproximada de terminación; manifestación de la responsabilidad solidaria por parte de la organización o de la institución para la manutención de la persona extranjera durante su estancia en México y de su retorno a su país de origen o de residencia, y copia de una identificación oficial con firma y fotografía de quien suscribe la carta responsiva. La actividad de la persona extranjera deberá estar relacionada con los fines de la organización o institución.

VI  A efecto de acreditar que cuenta con recursos para cumplir la obligación solidaria,  la organización o institución privada que invita presentará original y copia de comprobante de inversiones o cuentas bancarias con saldo promedio mensual equivalente a  diez mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal ($701,000.00 pesos, alrededor de 43,166 euros), durante los últimos doce meses.

Las instituciones públicas y las instituciones privadas pertenecientes al Sistema Educativo Nacional, no requieren acreditar solvencia económica.

VII. Original y copia de los documentos con los que la persona extranjera acredite que cuenta con la experiencia, capacidad, habilidades o conocimientos necesarios para desarrollar la actividad para la cual es invitada.

Los ministros de culto o asociados religiosos solicitantes de visa deberán presentar carta responsiva emitida por una asociación religiosa. En caso de que presenten anuencia emitida por la Secretaría de Gobernación, en términos del artículo 18 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público,quedarán exceptuados del cumplimiento de los requisitos establecidos los numerales VI y VII.

En caso de que la institución que invita no cubra los gastos de manutención:

a) Original y copia de comprobante de inversiones o cuentas bancarias con saldo promedio mensual equivalente a cinco mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal (350,500 pesos, alrededor de 21,585 euros), durante los últimos doce meses, o

b) Original y copia de los documentos que demuestren que cuenta con empleo o pensión con ingresos mensuales libres de gravámenes mayores al equivalente de doscientos días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal (14,020 pesos, alrededor de 863 euros), durante los últimos seis meses.

VIII. Pago de derechos en efectivo en la Sección Consular por la expedición de visa de conformidad con la Ley Federal de Derechos, conforme al tipo de cambio aplicable durante el mes

La documentación redactada en otro idioma debe estar acompañada de su traducción al español.


Al igual es necesario llenar la siguiente solicitud:


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